Ley de Calidad Agroalimentaria de Andalucía
BOJA 8 DE ABRIL DE 2011 ![]()
OBLIGACIONES DE LOS OPERADORES AGROALIMENTARIOS Y PESQUEROS
- Implantar un Sistema de Gestión de la Calidad Comercial, el cual deberá incluir:
- Equipos, maquinaria e instalaciones, las fases del proceso de elaboración y de los procedimientos empleados para garantizar su control
- Trazabilidad de los productos alimentarios
- Sistema de registro y tratamiento de las reclamaciones, así como de la sistemática de retirada inmediata de los productos defectuosos existentes en el circuito de distribución o comercialización
- Sistema utilizado para la identificación y etiquetado de los productos
- Sistema de registro empleado para conservar la información y realizar la contabilidad material de los productos
- Sistemática empleada conforme a la legalidad vigente, para la emisión, gestión, archivo y conservación, en su caso, de los documentos de acompañamiento
- Plan de control de calidad que prevea, como mínimo, los procedimientos empleados, la periodicidad y la frecuencia de las tomas de muestras, las especificaciones y el destino de los productos en el caso de que no se ajusten a la normativa. También hay que justificar la necesidad o no de un Laboratorio de Control
- Además el Sistema de Gestión describirá que:
- Se disponen de los elementos necesarios que demuestren la veracidad y exactitud de las informaciones facilitadas o que figuren en el etiquetado, en los documentos de acompañamiento, en los documentos comerciales, en la publicidad y la presentación de los productos alimentarios, materias y elementos para la producción y comercialización alimentarias que comercialicen, así como de los productos utilizados en su producción o transformación
- Se verifican en todas las etapas, que los productos cumplen los requisitos de la legislación aplicable a su actividad
- Se asegura la trazabilidad de sus productos
- Se dispone de un sistema de reclamaciones y retirada de productos
- Se garantizan que los productos cumplen con los requisitos de calidad especificada
- Se justifican las verificaciones y controles efectuados sobre los productos
- Se retiran del mercado los productos no conformes con la normativa de referencia
- Se garantizan el acceso a sus instalaciones a los organismos de evaluación de la conformidad
- Si el Operador ya dispone de un sistema que recoja los procedimientos establecidos en el apartado anterior, se hará referencia al mismo
- Los Operadores integrados en Denominaciones de Calidad, estarán obligados a presentar aquellos documentos que se requieran para su verificación por los organismos de evaluación de la conformidad
- En el supuesto de exenciones del etiquetado reglamentario, cualquier transporte o circulación de productos habrá de ir acompañado de un documento, en el cual constarán los datos necesarios para que los receptores de la mercancía tengan la adecuada y suficiente información
- Los originales de los documentos de acompañamiento de productos recibidos y las copias de los documentos de acompañamiento de productos expedidos han de conservarse durante un período de cinco años a disposición de los servicios de inspección y control
- Los Operadores estarán obligados a:
- Estar inscritos en los registros administrativos ligados al desarrollo de la actividad que realicen
- Poner en conocimiento de la administración competente cualquier forma de fraude, falsificación, alteración, adulteración, abuso, negligencia o alguna otra práctica que induzca a engaño, perjudique o ponga en peligro la calidad de los productos alimentarios, la protección de los consumidores o los intereses generales, económicos o sociales del sector alimentario
- Comunicar inmediatamente a la administración competente la comercialización de productos alimentarios o de materias y elementos para la producción y comercialización alimentarias que ellos mismos hayan comercializado y que no cumplan la legislación vigente en materia de calidad y conformidad
- Suministrar a la administración competente información y permitir el acceso a los locales, a los vehículos utilizados para el transporte de las mercancías y a la documentación justificativa de los sistemas de producción, transformación o comercialización, a los efectos de su comprobación, así como a las explotaciones, de conformidad con lo establecido en la normativa de denominaciones de calidad
- Permitir las visitas de inspección y la toma de muestras
- Facilitar a la administración competente copia o reproducción de la documentación relativa a los productos
- Disponer de un sistema de autocontrol eficaz
